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El machismo mata Cada mes, 9 mujeres son asesinadas por esta causa.
Las muertes de Katherine Sihuas(1), Doris Pereda Farfan(2), María Isabel Guerrero Rojas(3), e Irma Garate(4) ocurridas en el mes de enero del año en curso, develan el incumplimiento por parte del Estado Peruano de sus obligaciones jurídicas y políticas para prevenir, investigar y sancionar la violencia hacia la mujer, principio de debida diligencia consagrado conforme en la Convención Belem do Pará(5) y en la Recomendación N° 19 de la Convención para eliminar toda forma de discriminación contra la mujer(6). A pesar de la gravedad de la situación, mediante la adopción de medidas tales como el “Plan de Reforma de Programas Sociales(7) y la creación de la Dirección General de Protección Social del MIMDES(8), la PCM está transfiriendo los Centros de Emergencia Mujer, servicios de atención para las mujeres en casos de violencia familiar y sexual, a las Municipalidades provinciales, sin enfoque de derechos, género, ni garantías de sostenibilidad, calidad y cobertura; ha extinguido el Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual. Además, el gobierno no ha aprobado el Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2008-2012. El Poder Judicial, el Ministerio Público y la Policía Nacional también incumplen con el principio de debida diligencia cuando no otorgan medidas de protección y no sancionan a los criminales. En un estudio realizado por DEMUS(9), sobre procesos judiciales relacionados con el feminicidio; la cuarta parte de las mujeres asesinadas por sus parejas o ex parejas, denunció por violencia familiar ante la Policía Nacional del Perú, llegando en uno de los casos a solicitar garantías personales hasta en 4 oportunidades, sin obtener la protección requerida. De otro lado, el Estado no cumple con la obligación de garantizar la investigación y recopilación de estadísticas y demás información pertinente sobre las causas, consecuencias y frecuencia de la violencia contra la mujer, con el fin de evaluar la eficacia para prevenir, sancionar y erradicar la misma, así como buscar y aplicar las fórmulas y cambios que sean necesarios. El panorama se vuelve mas sombrío cuando comprobamos que ni el Ministerio Público, ni el Poder Judicial, cuentan con datos y estadísticas que den cuenta de la verdadera magnitud del feminicidio en el Perú(10), a pesar que el tema viene siendo abordado por diversas organizaciones de la sociedad civil desde hace mas de 7 años(11). Por ello, las organizaciones de la sociedad civil para conocer la magnitud y gravedad de la violencia machista que mata, han tenido que recurrir a la investigación en algunos medios de comunicación escrita a nivel nacional. Así, de acuerdo a la última investigación sobre feminicidio realizada por CLADEM PERÚ(12), entre enero del 2004 y julio del 2007, 403 mujeres fueron asesinadas, victimas de la discriminación y la violencia basada en género. Cabe criticar que los medios de comunicación persistan en un tratamiento noticioso, que “romantiza” la violencia y donde los celos invisibilizan la verdadera causa de estos asesinatos, el deseo machista de controlar la sexualidad de las mujeres. Nos parece importante abordar el problema desde una perspectiva de la salud mental y los celos como un problema psicológico y psiquiátrico, pero este abordaje no debe ser descontextualizado del problema de la violencia contra la mujer como un problema de desigualdad y discriminación producto del machismo existente, por lo que no sólo se necesita de tratamiento terapéutico para solucionarlo si no la voluntad política expresada en leyes, políticas y recursos eficaces para erradicar el origen político, social y cultural del problema. Por todo ello, demandamos al Presidente de la República rinda cuentas sobre los asesinatos de las mujeres debido a la falta de políticas eficaces de prevención; al Presidente del Poder Judicial y a la Fiscal de la Nación rindan cuentas por la falta de protección de las mujeres y sanción de los criminales; y al Congreso de la República, que apruebe una Ley Marco contra la Violencia de Género a las Mujeres, fiscalice el cumplimiento del principio de debida diligencia tanto del Poder Ejecutivo como del Poder Judicial, y apruebe las partidas presupuestales proporcionales a la gravedad del problema que se debe erradicar.
Lima,
14 de febrero de 2008. DEMUS, Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer Jr. Caracas 2624 – Jesús María. Teléfonos 463-1236, 463-8515. demus@demus.org.pe |
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