Ética
y propiedad privada
Carmen
Ollé
¿Tienen los
establecimientos privados derecho a una ética particular?
De acuerdo a ello un supermercado podría expulsar de su local
a los consumidores
que transgreden la norma de las llamadas buenas costumbres. Pero
a qué llamamos buenas
costumbres. No es fácil ponerse de acuerdo ante un concepto
tan ambiguo y relativo, sobre todo
cuando está relacionado –y generalmente lo está-
con las expresiones eróticas. Las manifestaciones corporales
siempre han sido las víctimas
de la regulación o el control de los guardianes
de la cultura sexual hegemónica, sobre
todo si estas manifestaciones se dan a la luz
del sol: un beso, por ejemplo, o una sonrisa,
quizá una caricia en la mejilla, ¿dónde está
el límite? Vivimos en una sociedad donde el miedo a tocarse
es una muestra no de timidez sino de represión. Los argentinos
se besan entre hombres (en Rusia lo hacen en la boca), y los brasileños
de cualquier edad y género se estrechan fuertemente. En cambio,
entre nosotros da miedo ser afectuosos por temor a transgredir.
El asunto viene a cuento a propósito de la resolución
del Tribunal de Defensa de la Competencia de Indecopi en la denuncia
de discriminación por orientación sexual que se realizó
contra un supermercado de Lima, por haber expulsado a una pareja
homosexual de su cafetería por el simple hecho de ser diferentes,
porque “podría afectar psicológicamente a los niños
presentes”.
Sobre el tema Federico Salazar, columnista de Perú 21, considera
que INDECOPI no debió intervenir pues no se trata de protección
del consumidor, ya que solo es pertinente ante una estafa, “evidenciando
-según la abogada Jeannette Llaja de Demus-, su
desconocimiento sobre el concepto
que el Código Penal le da
a este delito, y legitimando la eventual
impunidad de una cafetería en la
que se entrega la bebida y la
comida, sin brindar el espacio adecuado
para su consumo, ni un trato respetuoso”.
Según Salazar el dueño del establecimiento
tiene derecho a establecer pautas de
conducta admisibles basado en su cultura sexual. De acuerdo a esta
lógica, una discoteca también
tendría la facultad de imponer no solo una ética sino
también sus gustos estéticos cuando impide el ingreso
a personas que no son “blancas”, y un canal de cable la de seleccionar
a sus invitados por una “belleza física” canónica,
de acuerdo a los patrones occidentales de origen griego. Estas imposiciones
son tanto homofóbicas (el supermercado) como racistas
(el canal de cable y las discotecas).
Pero el paraíso de la discriminación en el terreno
de la empresa privada no se detiene ahí, hay clubes sociales
y de esparcimiento en los que no aceptan a las mujeres como socias
ni como invitadas, verdaderos clubes de Toby, que se atienen por
lo visto al criterio del
derecho a imponer sus normas, en este caso
sexistas. Es más, las exclusivas playas del sur
tampoco permiten que las empleadas del hogar
se bañen en el mar bajo criterios clasistas nada democráticos.
Tanta arbitrariedad de parte de
la empresa privada y las élites de nuestra sociedad
solo contribuye a fracturarla más.
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