Seguridad ciudadana versus renuncia de derechos
Ma. Jennie Dador Tozzini (Abogada)


En los últimos tiempos la inseguridad ciudadana es una percepción generalizada. Así cada día nos acostamos y despertamos entre el secuestro y la violación,
la violación y el secuestro; frente a lo cual
la población reclama penas más severas, las que van desde la cadena perpetua, pasando
por la castración química y la agravación
de las penas para los reincidentes o habituales,
hasta el restablecimiento de la pena de muerte.

Algunas de éstas ya fueron aprobadas y promulgadas, mientras otras aguardan para su debate en el Congreso. Sin embargo, la legislación penal es solo una de las piezas claves del engranaje de la política criminal de un país, a la que se suman la corrupción policial y judicial, así como la lentitud de los procedimientos que generan cárceles sobrepobladas de presos sin condena o la liberación de los mismos por exceso de carcelería. Esto quiere decir que debemos también prestar atención a la forma en que se aplica el Derecho cuando los sujetos definidos como tutelables demandan justicia.

Por ejemplo, el caso de la condena condicional al sobrino del Presidente de la República, que violó a una joven luego de haberla dopado, ¿creen ustedes que era un problema de penas benignas? No señores, fue más bien un problema de corrupción, o en el mejor de los casos de buenos deseos de quedar bien ante los ojos del poder. Este caso evidencia cómo cuando los criterios legales y doctrinarios para la cuantificación de las penas no están claros, y dejan márgenes de apreciación tan amplios se entrega ese campo a la arbitrariedad de quienes a la hora de juzgar deben atribuirles determinados significados: “Si bien la agraviada consintió en establecer las circunstancias perjudiciales que luego desencadenaron en su perjuicio, lo cual es conocido en el ámbito de la criminología con el concepto de la víctima precipitadora o víctima propiciatoria, respeto de la cual se admite y configura una actitud bizarra y de descuido y falta de autocuidado en cuanto a su propia integridad generando situaciones de peligro a su persona…” .

En buen español, este juez nos está diciendo que la víctima tuvo la culpa y por eso el violador debe recibir una sanción por debajo del mínimo legal, a pesar de ser un delito agravado.

Por ello, consideramos que revertir la actual situación de inseguridad ciudadana demanda de una política de Estado integral y no solo de medidas penales exageradamente represivas y taliónicas, que desvirtúan la naturaleza del derecho penal garantista; y como sociedad nos confronta con el fracaso.














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Actualizado al 30 de noviembre de 2008
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