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Comunidad
académica concluye:
Enfermedades que ponen en riesgo vida y la salud de la gestante
justifican aborto legal
Parte de la comunidad académica opinó que una serie
de enfermedades que ponen en riesgo grave y permanente la salud
de las gestantes, justifican el aborto terapéutico, el cual
es el único legal en el Perú. Esta conclusión
fue socializada en una ponencia durante el seminario “Responsabilidad
Estatal en materia de aborto terapéutico: Caso Karen Llantoy”,
que se realizó el viernes 13 de octubre en la Universidad
Peruana Cayetano Heredia.
Esta actividad buscó fomentar un diálogo interdisciplinario
entre el Derecho, la Medicina (Psiquiatría, Ginecología
y Obstetricia principalmente) y la Psicología en el tema
de aborto terapéutico como parte del seguimiento a la resolución
del Comité de Derechos Humanos de la ONU en el caso de Karen
Llantoy.
Dicha
resolución estableció que el Estado peruano fue responsable
de violar los derechos de esta adolescente gestante de un feto anencefálico
al no haberle provisto de un servicio de aborto legal.
Marienne
Mollmann, Directora de Advocacy de la División de Derechos
de la Mujer de Human Rights Watch, indicó que desde la perspectiva
del derecho internacional el aborto está claramente permitido
cuando la vida o la salud de la gestante están en riesgo,
así como en casos de violación e incesto.
Por
su parte, Rosa Mavila, abogada y docente de Derecho Penitenciario
y Ejecución Penal de la UNMSM, argumentó que desde
cualquier orientación dogmático penal la culpabilidad
no sólo supone la lesión a la norma sino que sólo
se pueda imputar a la persona que es la autora de la generación
de un riesgo que lesione el bien jurídico, de modo tal que
dicho riesgo se plasme en el resultado. Refiriéndose a casos
similares a los de Karen, ella manifestó que es evidente
que no puede imputarse a la gestante el hecho de que el ser en formación
tenga graves taras físicas. Lo único que podría
atribuírsele es no culminar el embarazo del feto que presenta
esa grave anomalía.
No resultaría legítimo establecer la obligación
del alumbramiento de un ser que no es viable porque no tiene cerebro.
Nótese que en el caso de gestación anencefálica
no estamos ante un supuesto de hecho en el que existiría
un conflicto de intereses entre la vida o la salud de la gestante
respecto de la vida o de la salud del feto.
En este caso el feto no vivirá de ninguna manera. No resulta
justificable ni moral ni legalmente que se pueda correr el riesgo
de morir para alumbrar un ser muerto en circunstancias en las que
se puede conservar la vida o la salud de la mujer.
Por su parte, el ginecólogo Miguel Gutiérrez, Presidente
de la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología (SPOG),
describió una serie de enfermedades que justifican el aborto,
al poner en riesgo la salud y la vida de la gestante. Ellas van
desde las cardiovasculares y las neurológicas hasta las renales
y oncológicas.
La psiquiatra Martha Rondón, Presidenta de la Asociación
Psiquiátrica Peruana y Directora de la Sección de
Salud Mental de la Mujer de la Asociación Mundial de Psiquiatría,
recordó que la salud es también mental, que no es
sólo la ausencia de enfermedades, es un estado de equilibrio
dinámico del ser humano en el que hay un funcionamiento adecuado
en sus diferentes aspectos que le van a permitir sentirse bien.
Reveló que las investigaciones en su campo establecen que
el aborto terapéutico y por violación constituye un
acto por el cual las mujeres recobran su autonomía, versus
una maternidad que les hubiera sido impuesta, la cual si habría
generado daños en su salud mental (intentos de suicidio por
ejemplo y no simple estrés como pretenden malinformar algunos
sectores fundamentalistas religiosos) e incluso en la de los niños.
Finalmente, la psicoterapeuta especialista en género Elizabeth
Haworth hizo un llamado de atención a las instituciones,
que tradicionalmente se han entendido como expresiones de la civilización,
en tanto, desde un punto de vista psíquico, contienen y albergan
a individuos. En el caso de Karen, ni ella ni su representante su
madre, tienen voz o voto, terminan siendo abandonadas con la peor
de las suertes.
En este panorama, la anencefalia parece estar también del
lado institucional que no cumple con su función de acoger,
tratar bien y sostener a la paciente que sufre, “es un cuerpo que
no piensa” afirmó. Ella explicó que la crueldad supone
un dispositivo cultural: círculos concéntricos, arreglos
burocráticos que buscan mantener una situación a través
de la intimidación.
El seminario, al que asistieron un centenar de participantes, estuvo
organizado por el Estudio para la Defensa de los Derechos de la
Mujer (DEMUS); el Centro de Promoción y Defensa de los Derechos
Sexuales y Reproductivos (PROMSEX); el Centro de la Mujer Peruana
Flora Tristán; el Proyecto Sexualidades, Salud y Derechos
Humanos en América Latina de la Universidad Peruana Cayetano
Heredia (FASPA/UPCH); el Observatorio del Derecho a la Salud; y
la SPOG.
Estas organizaciones esperan que los hallazgos compartidos en el
seminario sean elementos suficientes para que el Estado apruebe
un protocolo nacional sobre aborto terapéutico, que establezca
claramente en todos los centros hospitalarios cuándo, cómo
y dónde se procede legalmente y en condiciones seguras con
la interrupción del embarazo.
Lima,
19 de octubre de 2006
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