Avances luego de casi cuatro años de agendada Autógrafa de Ley PIR en Comisión de Justicia y Derecho Humanos del Congreso

20 ABR 2016
Notidemus

 1,490 víctimas de diversas formas de violencia sexual durante el conflicto armado están inscritas en el Registro Único de Víctimas.
 Comisión de Justicia y Derechos Humanos aprueba iniciativa legislativa que reconoce e incorpora al PIR a las víctimas de diversas formas de violencia sexual durante conflicto armado.
 Iniciativa legislativa será remitida en los próximos días al Pleno del Congreso para su debate.

Esta tarde la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso aprobó con un nuevo texto el dictamen que busca reconocer e incorporar en el Plan Integral de Reparaciones a personas que hayan sufrido violencia sexual, distinta de la violación sexual, en diversas formas tales como esclavitud sexual, aborto forzado, prostitución forzada.

 

Como se recuerda el Poder Ejecutivo observó, en junio del 2012, la Autógrafa de Ley que proponía modificar los artículos 3° y 6° de la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones (PIR), con el objeto de incorporar a las víctimas de diversas formas de violencia sexual durante el conflicto armado. La Autógrafa de Ley regresó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, y hoy luego de casi cuatro años en agenda, logra aprobarse dictamen como nueva iniciativa legislativa, ésta será remitida al Pleno del Congreso en los próximos días, y de aprobarse en el Pleno, pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.

Es preciso señalar que, en el Registro Único de Víctimas (RUV), actualmente se encuentran inscritas 1,490 víctimas de diversas formas de violencia sexual distintas de violación, como son las víctimas de esclavitud sexual,unión forzada, prostitución forzada, aborto forzado, intento o amenaza de violación, tortura en órganos genitales, tortura a mujeres embarazadas y de desnudos forzados.

 

Todas estas víctimas aún no son reparadas integralmente. Es por ello, la importancia de que el Pleno del Congreso priorice el debate de esta iniciativa legislativa y la apruebe; de esa manera, las víctimas de las «otras formas de violencia sexual» del conflicto armado interno que aconteció en nuestro país entre el año 1980 y el año 2000, podrán ejercer su derecho a reparación integral como cualquier víctimas del conflicto armado, y podrán ser atendidas en el marco de los programas de reparación establecidos en el PIR con una mirada especializada, de acuerdo a la naturaleza del daño ocasionado.

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