“Para mí esto significa muchas cosas. Es como una respuesta a todas las preguntas que he tenido por tanto tiempo, a partir de ahora puedo dar esperanza a otras mujeres y fuerzas para seguir luchando. Esto me hace sentir ganadora de una batalla. El Estado ha reconocido su responsabilidad en mi caso y espero que ninguna otra mujer tenga que pasar algo parecido”, afirma K.L.
Cuestiones y preguntas del Comité CEDAW al Estado Peruano
DEMUS – Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer, el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) y el Centro de Derechos Reproductivos; informarán en conferencia de prensa acerca del cumplimiento del dictamen emitido por el Comité de Derechos Humanos de la Naciones Unidas (ONU) en 2005.
Lugar: DEMUS (Jirón Caracas 2624 – Jesús María).
Día: Miércoles, 9 de diciembre de 2015.
Hora: 12:00 m.
El caso de K.L. es el primer caso a nivel internacional en el que la negación del aborto terapéutico se considera una vulneración a los derechos humanos de las mujeres. El dictamen emitido por el Comité de Derechos Humanos de ONU condenó al Perú a reparar a KL y reconocer su responsabilidad ante la negación del aborto. Asimismo, exhortó al Estado a publicar, de manera oficial, el dictamen del caso y a adoptar medidas para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro, por ello el año pasado se aprobó el Protocolo de Aborto Terapéutico.
“Para mí esto significa muchas cosas. Es como una respuesta a todas las preguntas que he tenido por tanto tiempo, a partir de ahora puedo dar esperanza a otras mujeres y fuerzas para seguir luchando. Esto me hace sentir ganadora de una batalla. El Estado ha reconocido su responsabilidad en mi caso y espero que ninguna otra mujer tenga que pasar algo parecido”, afirma K.L.
En 2001, K.L. quedó embarazada a los 17 años, una ecografía mostró que se trataba de un feto anencefálico. La adolescente decidió interrumpir su embarazo, sin embargo, el director del Hospital Nacional “Arzobispo Loayza” le negó esta posibilidad argumentando que se trataba de un aborto eugenésico (sancionado por el Código Penal), sin reconocer que se trataba de un aborto terapéutico, legal en Perú. Ante la vulneración de su derecho a abortar, su caso fue llevado en 2002 ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU.
DEMUS ha acompañado este caso, junto a organizaciones internacionales como CLADEM y el Centro de Derechos Reproductivos.
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